Castilla-La Mancha

PSOE y PP aprobarán el lunes en el pleno de las Cortes suprimir la limitación de dos mandatos del presidente de C-LM

También se aprobará la propuesta de ambas formaciones para que los diputados recuperen el salario y tengan dedicación exclusiva

La Voz | Viernes, 19 de Julio del 2019
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Los grupos parlamentarios de PSOE y PP han presentado una Proposición de Ley que se debatirá el próximo lunes para modificar la ley del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha de manera que la limitación de mandatos del presidente de la Junta será la que establezca la Constitución Española para los Presidentes de las comunidades autónomas o las leyes del Estado que resulten aplicables.

De esta forma, se elimina el artículo de la ley que reza que "no podrá ser elegido presidente de la Junta quien ya hubiese ostentado este cargo durante al menos ocho años, salvo que hayan pasado cuatro años desde la terminación de su mandato".

En la propuesta, publicada en el Boletín de las Cortes y recogida por Europa Press, explican PP y PSOE que el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha establece en su artículo 13 que una Ley del Gobierno y del Consejo Consultivo incluirán la regulación de la limitación de mandatos del presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, no especificando los términos de la misma, "dando por tanto un amplio margen para que se pueda concretar o desarrollar el mandato estatutario".

Argumentan que las limitaciones de mandatos no tienen referente en la legislación de los regímenes parlamentarios occidentales por las propias características de éstos, como tampoco en la legislación española, ya sea ésta la propia Constitución, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, la legislación básica de Régimen Local o los diferentes Estatutos de Autonomía.

Añaden 'populares' y socialistas que diferentes informes jurídicos, además, "advierten de que esta limitación, al no estar regulada constitucionalmente, puede cercenar o vulnerar derechos de ciudadanía al constituir una causa de inelegibilidad, que debería contemplarse expresamente y de forma general en la propia Constitución Española al afectar a los derechos fundamentales que de las personas como es el propio derecho al sufragio pasivo de los españoles que nuestra Carta Magna consagra".

"Es obvio que un mandato de estas características debe tener la necesaria cobertura constitucional, pues sólo de esta norma puede partir la legítima existencia de restricciones a los derechos fundamentales que en ella se consagran", añade el texto presentado.

Por ello, si se aprueba la propuesta, las Cortes entenderán "la necesidad de encuadrar las limitaciones del derecho fundamental al sufragio pasivo en un debate general y nacional que ordene, coordine e incluso de cobertura constitucional al mismo, a las limitaciones a los mandatos de los presidentes y demás miembros del gobierno nacional o autonómicos".

En concreto, si la propuesta sale adelante en el pleno del próximo lunes, la limitación de mandatos del presidente de la Junta será la que establezca la Constitución Española o las leyes del Estado que resulten aplicables.

LOS DIPUTADOS RECUPERAN EL SALARIO

l pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha previsto para este lunes debatirá y, previsiblemente, aprobará la propuesta enunciada por PP y PSOE de cambiar el Reglamento de las Cortes por la cual los diputados recuperarán el salario por el ejercicio de sus funciones.

En la exposición de motivos de esta propuesta, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes y recogida por Europa Press, explican ambos partidos que las democracias parlamentarias "son, sin duda, la base del progreso económico y social que ha vivido Europa en las últimas décadas".

Por ello, "avanzar en el fortalecimiento de las democracias representativas es, al mismo tiempo, garantizar posibilidades de progreso, y ello conlleva no sólo la elección por los representantes de la soberanía popular del poder ejecutivo, sino también el adecuado control de su acción de gobierno por parte de los parlamentos".

El la propuesta conjunta, entienden que el régimen general aplicable a todos los diputados "debe de ser el de dedicación exclusiva, salvo renuncia expresa, acabando así con una anomalía existente con respecto al resto de parlamentos o asambleas legislativas en España y en la Unión Europea".

Es por ello que, de la misma manera que lo hacen las Cortes Generales, "se establece un sistema retributivo adecuado al grado de responsabilidad que cada parlamentario desarrolle en el seno de la Cámara, que además se acompaña de un exigente y estricto sistema de incompatibilidades equiparable al de los miembros del Gobierno de Castilla-La Mancha".

MODIFICACIONES

Sobre esta idea, se modifican varios artículos. A partir de ahora, los diputados tendrán derecho a percibir con cargo al presupuesto de las Cortes las asignaciones económicas, sólo tendrán derecho a percibir sueldo cuando desarrollen sus responsabilidades parlamentarias en régimen de dedicación exclusiva y los miembros de la Mesa tendrán esa condición obligatoriamente.

El sueldo a percibir por cada miembro de la Cámara, siempre en 14 pagas, estará en atención al grado de responsabilidad del puesto que se desempeña en la misma. Así, el presidente cobrará el total de una retribución de consejero; los vicepresidentes y secretarios de la Mesa un 75%, al igual que presidentes y portavoces de grupo; los presidentes de comisión tendrán derecho a un 55% de salario de consejero; los vicepresidentes de comisión un 50%; y diputados rasos un 45% de este total.

Cuando un diputado ostente más de un puesto de responsabilidad sólo percibirá la retribución asignada al puesto de máximo nivel.

La percepción de la retribución por dedicación exclusiva será incompatible con la percepción de otras retribuciones derivadas de cualquier tipo de actividad laboral o profesional, pública o privada, estando sujetos dichos diputados al régimen de incompatibilidades establecido para los miembros del Consejo de Gobierno.

16.425 EUROS DE INDEMNIZACIÓN ANUAL

Todos los diputados recibirán una cantidad en concepto de indemnización por los gastos derivados de sus funciones representativas, que será de 16.425 euros anuales.

Sólo los diputados que no tengan dedicación exclusiva percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones del pleno y de las comisiones de las que formen parte, cuya cuantía será del 0,5% del sueldo que en el anexo I se fija para un Diputado con dedicación exclusiva.

Cuando un diputado asista en el mismo día a dos o más sesiones, solamente tendrá derecho a percibir el importe equivalente a una única asistencia.

Las asignaciones reguladas en los apartados anteriores estarán sujetas a las normas tributarias de carácter general y se incluirán en la declaración de bienes de los diputados.

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