Descubriendo Tomelloso

La Inquisición en Tomelloso (Segunda parte)

Ángel Martín-Fontecha | Sábado, 31 de Octubre del 2020
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Como ya se ha indicado anteriormente la ausencia de expedientes de la Inquisición en Tomelloso antes del siglo XVIII viene motivada por su dependencia social, religiosa, política y administrativa de Socuéllamos hasta 1758. Por esto, no es raro que a partir de esta fecha y pese a que la estructura inquisitorial estaba perdiendo fuerza, en Tomelloso es cuando aparecen algunos casos.

Sin embargo, hay pistas que reafirman aún más la teoría de la existencia de procesos inquisitoriales en Tomelloso, aunque estos fuesen contabilizados en el haber socuellamino los tenemos en los siguientes hechos: 

v Desde la fundación de la villa tomellosera (s. XVI) encontramos la presencia de los denominadores familiares del Santo Oficio en la localidad. Recordamos que estos familiares eran colaboradores laicos del Santo Oficio, que debían estar permanentemente al servicio de la Inquisición. Convertirse en familiar era considerado un honor, ya que suponía un reconocimiento público de limpieza de sangre y llevaba además aparejados ciertos privilegios. Normalmente era nobles quienes ostentaban el cargo. 

En 1582 nos encontramos con Diego Ramírez, familiar de Santo Oficio,  descendiente de uno de los primeros pobladores de Tomelloso –Diego Ramírez, alias “el setenado”- y perteneciente a una de las familias más importantes de la localidad. 

A principios del siglo XVII tenemos la presencia de otro familiar del Santo Oficio, Don Juan López, que una vez fallecido en 1616 deja el cargo vacante al que optó a través del correspondiente Estatuto de Limpieza de Sangre, que veremos posteriormente, el señor Juan Luís de la Zarza Fermández. 

En el siglo XVII nos encontramos en la localidad con un Comisario del Santo Oficio natural de Tomelloso. Se trata de Juan Alejandro Martínez Araque, hijo de un alcalde muy importante en la villa del Siglo XVII, y que al morir en 1749 a los 89 años de edad fue enterrado en la Iglesia Parroquial. 

En el último tercio del siglo XVIII nos encontramos con otro familiar del Santo Oficio, se trata del José Antonio Cepeda; al que veremos posteriormente interviniendo en algunos de los procesos que posteriormente se detallarán. 

v   Además, desde siglos, en el callejero tomellosero tiene sitio la Cruz Verde (hay que recordar que la calle que tenía este nombre es la actual Calle Doña Crisanta Moreno). El símbolo de la Cruz Verde era uno de los elementos fundamentales de la Inquisición Española y muy relacionado con la realización de los autos de fe. 

El auto de fe era una ceremonia pública de una Inquisición espectacularmente secreta, celebrada con gran pompa y solemnidad, con asistencia de Inquisidores, Familiares del Santo Oficio, eclesiásticos, órdenes religiosas, y las más destacadas personalidades del lugar, reunidos o congregados generalmente en la plaza pública de las ciudades para escuchar el veredicto de las sentencias individuales, dictadas contra los reos de esta institución. Eran manifestaciones solemnes de la religiosidad católica en las que se reafirmaba la misma a través de la sanción pública a los condenados por el Santo Oficio por delitos contra la fe - en especial la herejía - y la moral católica.

La noche anterior al Auto de fe se organizaba un desfile especial, conocido como Procesión de la Cruz Verde en la que ésta (emblema de la Inquisición), era llevada por familiares y otras personas hasta el sitio en que se iba a realizar la ceremonia. Estos eran instalados en lo más alto del estrado y del cadalso respectivamente. En el transcurso de esa noche se hacía el rezo de oraciones y se completaban los preparativos. Quedaba de guardia toda la noche la milicia inquisitorial.  Tras el auto de fe se procedía a la Procesión de devolución de la Cruz Verde.

Finalmente, una Procesión realizaba la devolución de la Cruz Verde a su correspondiente santuario.

Actualmente podemos ver en la pequeña ermita dedicada a San Antón, en la calle Doña Crisanta Moreno (antigua calle de la Cruz Verde), una cruz de esas características que posiblemente fuese un vestigio de tiempos anteriores cuando la intransigencia religiosa había sido el caldo de cultivo de una convivencia social llena de continuos pleitos y desavenencias.



Otros autores, ven en esa cruz verde un recuerdo de la Veracruz. Lo que sí es cierto es que en Tomelloso se separó claramente ambos símbolos religiosos, conviviendo al mismo tiempo en el callejero la Calle de la Veracruz y la Calle de la Cruz Verde.

No hay que olvidar el fervor hacia la cruz, que existió en Tomelloso en sus orígenes. Así en las Relaciones del Siglo XVI, se habla del voto de la “Invención de la Cruz” que tiene establecido el pueblo, “porque en el término no llovía y después de hecho el revoto fue Dios servido de llover y se coxió mucho pan”.

A continuación detallamos los procesos que a partir del siglo XVIII que llegaron ante el Inquisidor Fiscal de Cuenca y que nos pueden dar una idea de la realidad inquisitorial que se vivía en la sociedad de la época.

El primero de ellos se inició en 1726. Realmente el proceso fue iniciado en Campo de Criptana contra Antonia “la Paloma”, comadre de esta localidad investigada por curaciones, hechizos y “tener gracia”. Sin embargo, en la investigación apareció el nombre de Isabel Martínez alias “la Entera”, natural de Tomelloso, y que según las declaraciones de numerosos testigos era la que llevaba a cabo estas hechicerías por toda la región, existiendo testificaciones de ello en las localidades de Campo de Criptana, El Toboso, Tomelloso e incluso en la capital del reino, Madrid.

Sus enemigos por sus prácticas hechiceras eran de bastante peso social: Pedro José, religioso de Nuestra Señora del Carmen de Campo de Criptana; el Licenciado Luís de Quintanilla, de El Toboso; Don Martín Díaz Plaza, Presbítero de Campo de Criptana o Don Antonio Almeida, médico de la misma localidad. Además de estos testigos, otros del pueblo llano que ante el Comisario del Santo Oficio de Campo de Criptana, Don Juan de Haro Grimaldo, expusieron todo lo que conocían sobre la acusada Isabel Martínez. Es el caso, entre otros, de Fabián Rodríguez “alias Polvareda”, María García Quintanar y María Blanca, todos ellos de Campo de Criptana, así como Juan Parra “del Tomilloso”.

 En todas las declaraciones se coincidía en el hecho de la acusada utilizaba para sus hechizos de “un muñeco de cera con alfileres clavados”. Viendo el cariz de los acontecimientos, el 6 de Febrero de 1727, el Comisario del Santo Oficio criptanense eleva el asunto ante el Inquisidor General en Toledo. El escrito es el siguiente:

“El Inquisidor Fiscal de este Santo Oficio en la forma que más haya lugar en derecho, ante V.S. parezco y digo que Isabel Martínez, alias Isabel Fernández, alias la Entera, vecina del lugar de Tomilloso del Priorato de Uclés, se halla testificada de hechos supersticiosos y sortílegos, con pacto a lo menos implícitos, con el demonio, como así parece de los registros del este Sto. Oficio y de la información sumara dada por los Calificadores.

A V.S. pido y suplico que sirva de mandar que la rea Isabel Martínez sea presa en cárceles secretas con embargo de bienes, reconociendo al tiempo de su prisión, con el mayor cuidado los instrumentos y trastos que se hallasen en su casa y puedan conducir para la prueba y justificación de sus delitos y que se siga su causa hasta definitiva, reconociendo en su carrera los registros de las Inquisiciones que así procedan en Justicia”.

Sin embargo, pese a que Isabel fue apresada y sus bienes embargados, un año después seguía inmersa en actividades heréticas. De tal manera, que el 22 de Abril de 1728 fue reprendida para “que no use de curaciones y demás embustes”.

Pero ninguna actuación sobre ella causaba el efecto deseado y siempre Isabel volvía a las andadas por lo que, definitivamente, el Tribunal de la Santa Inquisición determinó el “destierro por tiempo de dos años, seis leguas del contorno del Tomilloso, Campo de Criptana, Toboso y Madrid”.

Posiblemente la desterrada se asentara en Cuenca, pues además del destierro se le obligaba a “la asistencia a los pobres enfermos del Hospital de Santiago de Cuenca” y además en esta ciudad se encontraba la cárcel para los casos más graves y reincidentes.

Sin embargo, los pleitos de la citada Isabel Martínez con la Inquisición no cesaban. Así el 13 de Junio de 1733 volvió a ser delatada. En esta ocasión fue encargado desde Cuenca al comisionado Don Juan Díez Palacios para que junto con el familiar del Santo Oficio ubicado en Tomelloso, Don Francisco Antonio Zepeda, tomaran declaración a diferentes testigos sobre las actividades de la acusada.

Así el 9 de Octubre se examinó en Tomelloso a Sebastiana Núñez, que dijo tener 32 años y casada con un labrador. Esta mujer manifestó en su declaración que la acusada la ayudó a sanar de un tumor que tenía, gracias a que la acusada la cogía desde el estómago hasta el pecho. Posteriormente fue citada Antonia Núñez, de 26 años, hermana de la anterior y también casada con un labrador. En su declaración dijo no saber nada de las curaciones de producía la acusada, aunque manifestó haber oído “que la reo cura de mal de ojo”. Terminó su entrevista diciendo que no sabía cómo había curado a su hermana, pues aunque asistió allí, nunca vio lo que hacía, si que observó que su hermana sentía alivio y que nunca “ha sospechado mal de la reo, porque la tiene por mujer de buenas costumbres”.

Por último se citó al tomellosero Urbano Rodrigo, de 50 años y de profesión carretero. Éste confirmó que siendo vecino de las casas de Manuela Núñez, que ya estaba difunta, “advirtió que la reo venía las mañanas a curar a Sebastiana Núñez de un tumor que padecía, y sólo advirtió, cuando pasaba allí por curiosidad, que se retiraban a los desvanes”.

Al final, como siempre llamamiento al orden a la acusada y una temporada en Cuenca en la cárcel de la Inquisición o en el Hospital de Santiago.

En segundo lugar nos encontramos con el proceso iniciado en septiembre de 1760. Resulta un pleito curioso por las personas afectadas (los dos sacerdotes de Tomelloso) y la causa: Proposición herética.

Todo se inicia ante unos escritos que s, de 56 años y Presbítero de Tomelloso, había remitido a un abogado de la Inquisición “sobre casos tocantes a nuestra fe”.

La consulta realizada despertó los recelos del Santo Tribunal quien encargó de la investigación secreta del asunto a Don Cristóbal Muñoz Novillo, Comisario de la Inquisición en Miguel Esteban. El Comisario empezó sus subrepticias investigaciones y para ello se personó de forma disimulada en la villa de Tomelloso, acomodándose en la casa de Manuel Cerezo “de quien tengo total confianza”.

Iniciadas su averiguaciones, contactó con Don Sebastián quien le comunicó que la causa de sus dudas teológicas se debían al hecho de que otro cura de la localidad, Don Francisco Antonio Vara de Rey, del 68 años y natural de Infantes, había realizado una afirmación en la sacristía de la Iglesia de Nuestra Asunción de Tomelloso donde declaró “que no era culpa el acto carnal de hombre y mujer, teniendo el corazón en Dios”. Era una aseveración tan grave que, por supuesto, por extensión eximía de la consideración de “pecado mortal” a cualquier relación carnal siempre que la fe en Dios no se perdiese. El adulterio y cualquier otro tipo de pecado carnal adquirían el rango de naturales y no pecaminosos bajo el amparo de Dios.

El Comisario del Santo Oficio descubrió también los únicos testigos que habían escuchado las palabras de Don Francisco, eran los tomelloseros Diego Rodrigo, Manuel de Cañas y Pedro Araque. Siguiendo con la investigación, Don Cristóbal consultó con los testigos (excepto Pedro Araque que había fallecido por aquellas fechas) y con el presunto acusado Don Francisco Antonio Vara de Rey.

Nada pudo sacar en claro, pues los testigos  no querían enfrentarse directamente ante el clero tomellosero e, incluso, se dejó entrever envidias entre los dos miembros de la Iglesia que podrían ser base para las acusaciones entre ellos. Finalmente, en Diciembre de 1760, Don Cristóbal Muñoz Novillo certifica “que no ha resultado cosa alguna contra Francisco”, por lo que propone la suspensión del proceso.

Dicha suspensión fue confirmada en Abril de 1761.

Entre 1767 y 1769, nos encontramos con otros dos procesos en Tomelloso (incluso con causas entrelazadas entre ellos). El primero es contra Antonia de Lara, “vecina del Tomilloso y natural del mismo pueblo, de 36 años, viuda”. Se trata de un proceso por Supersticiones cuya evolución fue la siguiente:

El 2 de Abril de 1768, “compareció de su voluntad”, ante Don Juan Cristóbal Manzanares (cura de Tomelloso), Ramona Morales, de 28 años casada, declarando que “venía de orden de su confesor a declarar lo que pasaba con la reo”. Los detalles de la declaración, por los que se abriría el expediente nos dan muestras de cómo era la situación religiosa del momento. Los miedos o envidias producían que las delaciones entre vecinos fuesen constantes, instigadas por los confesores de la Iglesia bajo la intención de una pureza extrema de la fe.

En este caso que nos ocupa, la declarante informa al cura que Antonia Lara, la acusada, había ido a su casa en Septiembre del año anterior -1767- comunicándole que se iba casar con José Olmedo y que estaba realizando los trámites para conseguir de Madrid la partida del entierro de su anterior marido Francisco. Parece ser que sus deseos de matrimonio no eran bien vistos por la familia del novio y por eso la declarante manifestó que en el mes de Marzo de ese año de 1768 la acusada había ido a su casa en repetidas ocasiones diciéndole que “todos los días echa sal a José Olmedo ….. y Ángela Olmedo, que son padre y hermana de su novio José”

El hecho de echar la sal era considerado un acto de hechicería pues según se tenía entendido las hechiceras conseguían así no tener visitas de alguien indeseable o incluso provocarles algún mal. Normalmente se echaba la sal donde había estado la persona “non grata”, recogiéndola y quemándola después. Otro remedio utilizado era echar sal en el umbral después de la partida de esa persona. 

Cuando se iniciaba un proceso, lo normal era que se buscaran más testigos que corroboraran las acusaciones de la declarante. Así, en este caso fue llamada a declarar María de Cámara, de 23 años, casada con Ramón López, que en un primer testimonio certificó todo lo que había dicho la primera declarante pues se lo había oído a la acusada “hacía tres semanas, hallándose la reo en la puerta de su casa entre las dos y tres de la tarde”. Esta testigo volvió a hacer una nueva declaración el de 3 de Junio de 1768 y en ella declaró que la reo en una ocasión le dijo a la Anica, mujer de Alfonso, que “tenía una forma consagrada para que no pudieran hacerle mal”. Por si fuese poco, la declarante comenta que una ocasión le preguntó a la acusada directamente la causa de sus miedos y la reo respondió que la causa es que la visiten en su casa de noche a deshora, como llevaba haciendo la Severiana Núñez desde hacía catorce noches”. Como vemos una involucrada más en el asunto.

Otra testigo del caso fue Inés, alias la Troncha, viuda de 62 años, que declaró que la acusada era llamada por los vecinos para que dijese “una oración a los niños que tienen mal de ojo”. Inés además dio más detalles sobre el ya referido hecho de echar la sal, e indicó que “aquella sal la había conjurado Alejandra Arrimón”.

Hasta los niños podían ser llamados como testigos. Es el caso de Antonia Carretero que con 11 años declaró contra la acusada. Completaron el cupo de testigos otras mujeres como “la Bernarda Morales”, “la Francisca” y “la María Luisa”.

Resumiendo las notificaciones el cura de la localidad haciendo las funciones de comisario de la Inquisición, dijo que “la Ramona Morales era mujer recogida y de buenas costumbres y merecía crédito; pero que la Francisca y María Luisa, y la Bernarda Morales eran notadas en aquel pueblo de mujeres livianas y vidas escandalosas”. El caso fue visto por un Padre Calificador Franciscano quien dijo que “contenía pacto expreso con el diablo, con invocación expresa, supersticiones y sortilegios”.

En Noviembre de 1768 se ordenó comparecer a la reo Antonia de Lara en Cuenca, donde se puso en “en la cárcel de penitencia”. Al mismo tiempo se solicitaba un examen a Alejandra Arrimón, otra posible inculpada por los hechos acaecidos. Como vemos cualquier instrucción iniciada por el Tribunal de la Inquisición se convertía en una sucesión de testigos (normalmente mujeres) que con sus declaraciones solían echar más leña al fuego en una situación de recelos, acusaciones, temores y odios ocultos en una sociedad estrictamente vigilada desde el punto de vista de una moral tan rígida y poco permisiva.

De Alejandra Arrimón, personaje que como hemos visto ya es imputada por algunas declarantes en el caso de Antonia de Lara, tenemos otros referentes que nos dan más detalles del tipo de persona que solía ser afecta en las actuaciones del Tribunal de la Santa Inquisición. Tenía 36 años y estaba casada con un cardador de nombre Vicente.

Así, el 3 de Septiembre de 1767 y ante, el ya citado en el otro caso cura de la villa de Tomelloso, Don Juan Cristóbal de Manzanares compareció la citada Alejandra con su confesor Fray Vicente de los Santos (mercedario descalzo) para consultarle “cosas de su conciencia”.

El motivo de la visita eran las continuas delaciones que en el pueblo se hacían sobre esta mujer. En la visita al cura “y haciéndole presente la gravedad de sus excesos” se le impusieron “algunas penitencias saludables” advirtiéndole que  si reincidiera en los hechos de los que se le acusaban no podría disfrutar más de la piedad que ahora gozaba. Pero los acontecimientos sobre esta mujer no pasaban nunca desapercibidos.  El 3 de Octubre de 1767, de nuevo el sacerdote de Tomelloso examinó nuevamente a Alejandra, la cual fue acusada por Sofía la Rula, “vecina del Lugar Nuevo” por venderle sal. Se trataba, por supuesto, de la sal especialmente conjurada para sortilegios prohibidos. Este Lugar Nuevo al que se hace referencia es Argamasilla de Alba perteneciente a la Orden de San Juan (aunque estuviese a una legua de Tomelloso).

Es curiosa esta acusación, pues Don Juan Cristóbal absolvió a la acusada poniéndole alguna penitencia argumentando que “el Lugar Nuevo es del distrito de la Inquisición de Toledo”.  Es esta una muestra indudable de cómo Tomelloso era una localidad limítrofe entre administraciones inquisitoriales diferentes (Cuenca, Toledo y a veces Murcia) lo que provocaban decisiones curiosas como esta última.

Pero Alejandra Arrimón no dejaba de meterse en problemas. Como ya vimos en el contencioso de Antonia de Lara, Bernarda Morales la acusó de ser ella quien conjuraba  la famosa sal que se usaba para los diferentes maleficios. Se abrió nueva causa sobre ella y el 20 de Abril de 1768 otra testigo, Rosalía Molina, soltera de 37 años, confirmaba la acusación.

El Tribunal de Cuenca, quizá por los continuos antecedentes contra esta mujer, actuó urgentemente instando a encerrar a la reo en “la casa de la penitencia” mientras se seguía su caso y avisando ya que una de las medidas a tomar contra Alejandra podría ser “a desterrarla del Tomilloso”.

El 30 de Enero de 1769 (nueve meses después de su ingreso en prisión), Alejandra Arrimón comparece en audiencia ante la Inquisición y manifestó que “no sabía el motivo de su prisión” y que ella se encontraba “sin haber cometido pecado venial”, negando las acusaciones que se cernían sobre ella.

El 28 de Febrero, en nueva audiencia la reo comunicó que la causa de las denuncias “provenían por ser enemiga de los testigos…., particularmente de Sebastiana Núñez con quien tuvo una quimera”.

Al final se decidió tomar nueva declaración a las testigos pero ninguna añadió nada nuevo, excepto Inés “la Troncha” que curiosamente enmendó su declaración, “donde dice sal conjurada debe decir sal compuesta”. Es decir que la imputación perdía su fuerza. Por estas últimas declaraciones el proceso quedó en suspenso.

En Julio de 1771, el tomellosero Juan Izquierdo ante el familiar del Santo Oficio de la localidad, Don José Antonio Cepeda, dijo que a finales del año 1770, en concreto el 22 de Diciembre, sufrió continuos “dolores en lado izquierdo del hueso de la cadera hasta el final del pie, luego se extendían por todo el cuerpo”. Además manifestaba que “siendo visitado, asistido y medicinado por los dos médicos y dos cirujanos de esta dicha villa (…) y todos le confesaron haber aplicado los más eficaces medicinas y que ninguna aprovechaba, confesándole todos que ignoraban que especie de accidente era”.

El declarante, dijo que viendo su crítica salud preguntó a la mujer de Juan Jiménez, quien le recomendó visitar a Josefa Izquierdo quien realizaba sanaciones increíbles en la localidad.

El familiar del Santo Oficio en Tomelloso inició su investigación comprobando como eran numerosos los testigos que confirmaban las curaciones de Josefa. Como ejemplo de los tomelloseros que fueron atendidos por la curandera fueron Roque de Lara, Antonia de Mena –mujer de Tomás Becerra-, Juan Jiménez Carretero, Catalina Rodríguez –mujer de Juan Grande-, Antonia Martínez -mujer de Juan Jiménez-, Ramona López –mujer de Francisco Navarro- o Antonia Montes –mujer de José Cano; todos naturales de Tomelloso.

Las manifestaciones obtenidas son bastantes elocuentes: “la inculpada, Josefa Izquierdo, se lucraba económicamente por practicar curaciones y solventar hechizos mediante actos considerados heréticos”. Sin embargo, a veces existían unos atenuantes a favor de la acusada: “realizó curaciones en males donde la medicina de la época se sentía impotente y, además, en sus prácticas nunca usó (según los testigos) de cosas benditas o sacramentales que hubiesen sido causa para su condena en el mayor de los grados”.

Por todo esto, aunque reprendida por la Justicia Inquisitorial y el cura de Tomelloso, Don Juan Cristóbal Manzanares,  su caso quedó en suspenso.


En abril de 1793, ante el cura de Tomelloso Don Francisco Tomás García, se personaron María Antonia Perales, viuda de Gabriel Sánchez, y Alfonsa Serrano, viuda de Ramón Silvestre. En su declaración ante el sacerdote dijeron que habían oído a María Vallejo, mujer de Félix Morales, decir “que su marido tenía consigo una ostia consagrada que le había dado una mujer, sin expresar cual, afirmándoles que trayendo consigo esta reliquia no le sucedería nada malo por los caminos”.

Iniciado el proceso por lo considerado desacato a la fe, fueron llamadas a declarar incluso la mujer y la hija (Francisca Morales) del acusado, quienes ante el caso que se les planteaban indicaron que ambas “reprendieron por ello” al acusado.   El acusado, Félix Morales, también declaró aunque poco se sacó en claro. Y al final, como en otros tantos casos, todo se arregló con el reprendimiento al acusado y la suspensión del caso.

Otra manera por la que la Inquisición influyó en la sociedad española a lo largo de los siglos fue mediante los llamados Estatutos de Limpieza de Sangre. Fue éste el mecanismo de discriminación legal hacia las minorías españolas conversas bajo sospecha de practicar en secreto sus antiguas religiones - marranos en el caso de los ex-judíos y moriscos en el de los antiguos musulmanes-.  Consistían en exigir (al aspirante a ingresar en las instituciones que lo adoptaban) el requisito de descender de padres que pudieran asimismo probar descendencia de cristiano viejo. Surgen a partir de la revuelta de Pedro Sarmiento (Toledo, 1449), a consecuencia de la cual se redactó la Sentencia Estatuto y otros documentos justificativos, que a pesar de ser rechazados incluso por el papa Nicolás V, tuvieron una gran difusión en gobiernos municipales, universidades, órdenes militares, etc. Su principal problema, y que causó el rechazo inicial por el papado, era el hecho de que presuponían que ni siquiera el bautismo lavaba los pecados de los individuos, algo completamente opuesto a la doctrina cristiana.

Por ejemplo, en Tomelloso tenemos un expediente de sangre llevado a cabo en 1616, y solicitado por el matrimonio, de esta localidad, formado por Juan Luís de la Zarza Fernández y Ana Fernández de Santa María.La solicitud presentada por dicho matrimonio se realiza en los términos siguientes:

Aunque el matrimonio era vecino de Tomelloso en el estudio genealógico, como veremos a continuación, se localizan ascendentes de las villas de Pedro Muñoz (Ciudad Real), Santa María de los Llanos (Cuenca) y Quintanar de la Orden (Toledo).

El solicitante presentó en su oficio cantidad de información anexa de él y su mujer (propiedades, familiares destacados) y a partir de ese momento se abrió el correspondiente proceso donde los Inquisidores de Cuenca solicitan toda la información necesaria (un cuestionario de doce puntos) al Comisario del Santo Oficio correspondiente, en este caso Don Luis Muñoz de Socuéllamos.

A continuación, se muestran algunas imágenes del expediente que se origina bajo el signo oficial de la Santa Inquisición, y que es firmado por el Notario del Tribunal de la Inquisición de Cuenca Don Juan de la Torre.



Se realizaron las investigaciones requeridas y se hizo un amplísimo estudio genealógico donde dejar claro la “limpieza de sangre” de toda la familia del solicitante y  de su esposa que justificase plenamente que se trataban de una alcurnia de cristianos viejos).

El árbol genealógico del matrimonio (hasta la línea de los abuelos) quedaría de la forma siguiente:

Como podemos observar los apellidos Fernández y de Santa María se repiten en ambas ramas genealógicas, partiendo ambas de la misma localidad (Santa María de los Llanos en Cuenca), luego no sería extraño que los esposos que solicitan el expediente de limpieza de sangre fuesen familiares entre ellos. Era éste un hecho bastante frecuente, entre las familias de alto nivel, dentro de la sociedad española de la época; precisamente para mantener la limpieza en el linaje.

Tras la fragosidad de la documentación presentada el Inquisidor General de Cuenca decidió acceder a la solicitud de Juan Luís de la Zarza Fernández y fue nombrado Familiar del Santo Oficio en la villa de Tomelloso.

Hemos visto como el Santo Tribunal actuó sobre las personas durante siglos en España. La Inquisición actuaba siempre por delación, que era estimulada por pregonero público en presencia de inquisidores cuando se proclamaban los llamados Edictos de fe. Conminaban en conciencia a delatarse y a delatar, lo cual favoreció el clima de terror y de suspicacia que con todo fundamento se asocia a la actividad inquisitorial. La sociedad del momento se vio inmersa en un sistema falto de libertad y con un sinfín de  desconfianzas y prejuicios entre los habitantes de la época. No es raro que el saber popular, pese al temor que ejercía la institución, crease un refrán que resumiera brevemente el sentir del pueblo.


Con este dicho, se reflejaba de una manera muy expresiva, el poder que tenía el Santo oficio sobre la población, equiparando ese poder al del rey que en aquella época era un poder absoluto considerado de origen divino.


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