Economía

Agricultura autoriza usar planta injertada con material estándar para la campaña de plantación de viñedo

La Voz | Lunes, 23 de Noviembre del 2020
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La Dirección General de Agricultura y Ganadería ha aprobado excepcionalmente para la campaña 2020/2021 la certificación de plantaciones, dentro de la ayuda a la reestructuración del viñedo, con planta injertada con material estándar sobre portainjerto certificado para un total de 17 variedades de uva, pues existen informes técnicos que ponen de manifiesto que en dicha campaña la demanda de material certificado es superior a la oferta en determinadas variedades.

Se trata de la Albillo Real, Bobal, Cabernet Franc, Colombard, Chardonnay, Garnacha Blanca, Garnacha Peluda, Garnacha Tintorera, Malbec, Malvasía Aromática, Merlot, Moravia, Petit Verdot, Riesling, Rojal Tinta, Tinto de la Pámpana Blanca y Tinto Velasco.

Así consta en la Resolución de que publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de este lunes y recoge Europa Press, en la que se indica que en el caso de que se desee plantar alguna variedad para la cual no haya existencia de planta certificada y no se encuentre incluida en el párrafo anterior, previamente a la realización de la plantación, se procederá a solicitar autorización para su ejecución con material estándar.

Dicha solicitud, se deberá realizar de forma telemática a través del formulario habilitado en la página web de la Junta de Comunidades de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudada... (apartado "presentar solicitud") y se dirigirá a la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

A esta solicitud se adjuntarán tres certificados de comerciantes y/o viveros de plantas de vid, de la provincia en la que se sitúa la parcela o de la provincia limítrofe, en los que se debe indicar la inexistencia de planta certificada para la variedad para la que se solicita la plantación con material estándar y, en su caso, la relación de los viveros que le suministran plantas de vid a dicho comerciante, al efecto de poder realizar las comprobaciones oportunas.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su notificación.

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