Este regato, respecto a la
función medioambiental que desempeña en esta zona del Parque Natural “Lagunas de Ruidera”, es
un importante torrente y curso fluvial natural que, desde la “Laguna del Rey”
discurre por “El Puente Chico” o de “Las Pozas”; precipitándose en la
legendaria “Cascada del Borbotón”, fundiéndose, unos metros más abajo, con el
caudal madre de la cascada del “Hundimiento”. Se trata de un curso de agua que,
desde el Cuaternario ha ido geoformando la extraordinaria “Cascada del
Borbotón”, totalmente ignorada por parte de las instituciones que tienen que
velar por los bienes naturales de este Parque Natural y, como otras muchas
estructuras travertínicas, (que debían haberse declarado monumento natural
tiempo ha) está muy degradada por conductas antrópicas agresivas… En tiempos
medievales, el pequeño río, aportaba suficiente caudal a molinos harineros y
batanes, como “El Ladrón”, “La Casa” y “En Medio”. Cuando la gran avenida de
1946-47, el alcalde de Tomelloso Abelardo Contento, se personó en la embocadura
fluvial del riachuelo con un grupo de obreros y trató de contener, con rieles
del tren y piedras, el turbión de agua, para evitar inundaciones en la
población Tomelloso, pero transcurridos unos días, la tromba de agua siguió su
curso…
Hoy, esta corriente de agua, junto con el mayor ramal fluvial del
“Hundimiento”, contribuye a mantener la conservación de recursos y valores
ecológicos y geológicos del entorno…
Al ser este un paraje, próximo a un parque infantil-urbano y “Laguna del
Rey”, dentro del perímetro del casco urbano del pueblo de Ruidera, la afluencia
de público, principalmente turistas “dominicales” y fiesteros, que se instalan
y esparcen ahí a diario (muchos con un comportamiento lamentable e irrespetuoso
con los recursos naturales), conlleva que sea necesaria la instalación de aseos
portátiles cerrados, como el colocado
por ayuntamiento, el año 1919, conectado a la red de aguas residuales. Sorprende que, a
pesar de la buena predisposición del consistorio por repetir el presente
verano, la experiencia del citado año, algún organismo con competencias en la
Cuenca del Alto Guadiana, haya puesto reparos en el establecimiento de unas
letrinas, evitando con ello que el río y la orilla de la “Laguna del Rey” se
conviertan, como se están convirtiendo, en una fosa séptica…
Sin abundar en otras materias legislativas o legislaciones al respecto,
nuestra Constitución contempla: Artículo 45- “1. Todos tienen el derecho a
disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así
como el deber de conservarlo.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los
recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y
defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable
solidaridad colectiva.
3. Para quienes violen lo
dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se
establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación
de reparar el daño causado”.
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Martes, 7 de Mayo del 2024