La pasada semana se conocía la sentencia del juicio que se
celebró el pasado enero en Ciudad Real en el que se veía, veintitrés años
después, un presunto fraude millonario de alcohol. Según informó La Tribuna de
Ciudad Real, cinco de los procesados han sido condenados a penas de entre diez
meses y dos años de cárcel por delitos contra la Hacienda Pública, otro por
defraudación del IVA y a otro por fraude en el impuesto del alcohol de 1998. El
principal imputado ha sido condenado al pago de una multa de nueve millones de
euros.
La mayoría de los detenidos ejercían como directivos o
consejeros de empresas vinícolas o de transportes ubicadas en las provincias de
Ciudad Real, Badajoz, Madrid, Barcelona, Tarragona y Córdoba. La Guardia Civil
estima que se pueden haber desviado unos tres millones de litros de alcohol que
tenían como origen Italia y destino Portugal.
Los hechos se remontan a 1998 pero fueron destapados en 2000.
Fueron detenidas 20 personas en las provincias de Ciudad Real, Badajoz, Madrid,
Barcelona, Tarragona y Córdoba por su presunta implicación en una red dedicada
a la importación de alcohol ilegal sin pagar impuestos. Estos hechos fueron enjuiciados
en la Audiencia de Ciudad Real en lugar del Juzgado de Penal 3.
La titular de Penal 3 ha compartido el criterio del fiscal,
abogado del Estado y defensas sobre la concurrencia de la circunstancia
atenuante “muy cualificada” de dilaciones indebidas por la “extraordinaria
duración del procedimiento”. Esto ha motivado la “prescripción del delito para
muchos de los implicados” y, de otro lado, que los acusados se hayan visto
sometidos a este procedimiento durante demasiado tiempo. De ahí, la aplicación
de dicha atenuante y la rebaja de la pena en dos grados conforme al Código
Penal.
La juez indica que ha de tenerse en cuenta la entidad de los
hechos cometidos, la importante cantidad objeto de defraudación, el delito
fiscal y la falsedad documental en concurso medial salvo en el caso de uno de
los encausados. De este modo, la magistrada ha absuelto a seis procesados y ha
condenado a cinco. A Vicente Q.G. le sentencia a dos años y cuatro meses de
cárcel por delitos contra la Hacienda Pública en concurso con otro de falsedad
y a una multa de 9.410.750 euros. A Juan Carlos C. R. y a Luis B.M. les
sentencia a dos años y cuatro meses de prisión y multa de 4.935.479. A Fernando
A. P. le impone diez meses de cárcel y una multa de 2.810.959 euros y a Juan
Ignacio D. P. la misma pena de cárcel por cómplice y multa de 702.735 euros,
aunque sólo es responsable civil subsidiario de 3.480.215. El abogado Dámaso
Arcediano ha recurrido la sentencia al mantener la inocencia del procesado que
defiende.
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Jueves, 18 de Abril del 2024
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