La demandante sufrió una agresión física por parte de varios alumnos en el transcurso de una pelea en el patio del colegio donde imparte docencia que le ha dejado secuelas físicas. La administración educativa y la compañía aseguradora han sido condenadas a pagarle una indemnización de cerca de 30.000 euros.
Según los hechos probados, la docente sufrió un accidente laboral el 14 de enero de 2022 cuando procedía a separar a varios alumnos resultando con fractura del dedo anular de la mano derecha y lesiones en brazos y escápulas. Además de las lesiones físicas, padece un trastorno adaptativo mixto con ansiedad severa y humor deprimido por el episodio de agresión. La trabajadora fue declarada apta con restricciones y se reincorporó a sus funciones el 1 de junio de 2023. Posteriormente, demandó judicialmente solicitando una indemnización por “omisión de medidas de seguridad”
La resolución indica que la administración “no tenía establecido ni un protocolo de prevención de situaciones de violencia dirigidos a profesores en el ámbito de los centros educativos propios ni un protocolo de actuación en caso de agresión hacia el profesorado” recordando, además, que no es equiparable a ello ni el decreto de Convivencia Escolar ni la Guía de prevención y actuación ante conductas disruptivas graves en los centros educativos de Castilla – La Mancha.
Así, se reconoce que la ausencia de protocolos claros y eficaces en Castilla-La Mancha para actuar ante agresiones al profesorado constituye una deficiencia estructural, y vincula de forma directa esta carencia con las reivindicaciones formuladas por CCOO en el marco de la negociación colectiva. Tal y como señala literalmente la propia resolución judicial:
“Dicha conclusión también se pone de manifiesto con la reivindicación contenida en el Acta de la Mesa Sectorial de Personal Docente No Universitario de fecha 14 de enero de 2025, donde se reclama la elaboración de los citados Protocolos en Castilla-La Mancha, a semejanza de los existentes en otras Comunidades Autónomas (Andalucía, Extremadura, Islas Baleares, Comunidad Valenciana, …).”
Y añade que, “habiendo sufrido la autora un accidente de trabajo sin que hubiera recibido formación e información precisa sobre cómo prevenir y actuar en caso de sufrir una agresión por persona que forma parte del centro docente, sin existir un procedimiento o protocolo específico de actuación, procede concluir la vulneración de las medidas de seguridad y salud laboral exigibles al empleador, en este caso, la Consejería de Educación”.
La demandante solicita indemnización por los 503 días que permaneció en situación de IT, por lucro cesante y por el perjuicio moral sufrido a cuenta de la perdida de calidad de vida debido a las secuelas provocadas por las lesiones, teniendo en cuenta que no le ha sido reconocida la incapacidad permanente en grado parcial. Así, el tribunal estima en parte la demanda y condena a la Consejería de Educación y la compañía aseguradora Everest Insurance a pagarle 3.000 y 25.691 euros respectivamente.
Este reconocimiento judicial, que no es firme y sobre el que cabe recurso, es especialmente relevante, ya que demuestra que lo defendido y documentado en las Mesas Sectoriales tiene efectos jurídicos reales, y que la acción sindical rigurosa, constante y sostenida en el tiempo no solo es legítima, sino eficaz.
A la vista de esta sentencia, CCOO exige a la Consejería de Educación que adopte medidas concretas: Elaboración inmediata de protocolos autonómicos de actuación ante agresiones; intervención de oficio de la Administración ante cualquier agresión al profesorado; coordinación real con Fiscalía, Inspección Educativa y fuerzas de seguridad; apoyo jurídico, psicológico y administrativo a las víctimas; medidas de prevención, formación y protección que eviten la normalización de las agresiones.
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Viernes, 16 de Enero del 2026
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Lunes, 19 de Enero del 2026
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