Tomelloso

Un empresario de Tomelloso evita la cárcel tras reconocer un delito de explotación laboral

Acepta dos años de prisión, suspendidos mediante un acuerdo de conformidad, y una multa de 1.080 euros

La Voz | Martes, 30 de Junio del 2026
{{Imagen.Descripcion}}

Un empresario de Tomelloso, propietario de una tienda de informática, ha evitado este martes su ingreso en prisión tras alcanzar un acuerdo de conformidad en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real. Según ha informado Lanza, el acusado ha aceptado una condena de dos años de prisión, cuya ejecución ha quedado suspendida, además del pago de una multa de 1.080 euros, por un delito contra los derechos de los trabajadores.

Cuatro años de trabajo sin contrato ni alta en la Seguridad Social

De acuerdo con la información publicada por Lanza, la suspensión de la pena queda condicionada a que el condenado no cometa ningún delito durante los próximos tres años.

La causa se remonta a abril de 2020, cuando, según el escrito de acusación de la Fiscalía, el empresario contrató de forma verbal a un trabajador de origen marroquí para desempeñar labores de reparación de teléfonos móviles y equipos electrónicos. La relación laboral, que se prolongó hasta el 30 de enero de 2024, nunca fue formalizada mediante contrato.

El Ministerio Público sostenía que el acusado se aprovechó de la situación administrativa irregular del empleado para imponerle unas condiciones laborales que vulneraban sus derechos. Según la acusación, trabajaba de lunes a sábado, en horario de mañana y tarde, sin vacaciones ni descanso en festivos, a cambio de 400 euros cada quince días.

Asimismo, la Fiscalía aseguraba que el trabajador no fue dado de alta en la Seguridad Social, carecía de contrato laboral y tampoco se adoptaron las medidas obligatorias en materia de prevención de riesgos laborales ni vigilancia de la salud.

La Fiscalía rebajó la petición inicial tras el acuerdo

Inicialmente, la Fiscalía solicitaba para el empresario una pena de tres años de prisión, además de una multa de diez meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.

Sin embargo, el acuerdo alcanzado entre las partes permitió reducir la condena a dos años de prisión, suspendida, y una multa de seis euros diarios durante seis meses, equivalente a 1.080 euros.

El escrito de acusación también recogía que el trabajador sufrió un agravamiento de una patología lumbar previa debido a la actividad desarrollada sin las medidas de protección adecuadas. Por estos hechos, la Fiscalía reclamaba una indemnización de 299,63 euros por las lesiones sufridas.

193 usuarios han visto esta noticia
Comentarios

Debe Iniciar Sesión para comentar

{{userSocial.nombreUsuario}}
{{comentario.usuario.nombreUsuario}} - {{comentario.fechaAmigable}}

{{comentario.contenido}}

Eliminar Comentario

{{comentariohijo.usuario.nombreUsuario}} - {{comentariohijo.fechaAmigable}}

"{{comentariohijo.contenido}}"

Eliminar Comentario

Haga click para iniciar sesion con

facebook
Instagram
Google+
Twitter

Haga click para iniciar sesion con

facebook
Instagram
Google+
Twitter
  • {{obligatorio}}